Movistar cobrará por el contestador: te puedes dar de baja aunque tengas permanencia

Movistar cobrará por el contestador: te puedes dar de baja aunque tengas permanencia

A todos nos da rabia pagar por algo que no queremos. Las operadoras de telefonía son especialistas en eso y ahora Movistar informa que empezará a cobrar por escuchar los mensajes que la gente deje en tu contestador. Desde el 1 de octubre, la compañia cobrará 6,05 céntimos por cada vez que escuches tus mensajes del buzón de voz.

La cuestión es que, en la información que envían a los usuarios, Movistar dice que se pueden dar de baja el servicio de contestador si no quieren pagar. Pero FACUA-Consumidores en Acción ha salido al paso y ha querido aclarar a los consumidores que no sólo tienen derecho a dar de baja el servicio, sino a cancelar su contrato con Movistar de forma gratuita aunque tengan permanencia.

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Y es que lo que ha hecho telefónica es una modificación contractual que permite al usuario anular su contrato sin tener en cuenta el periodo de permanencia. "Los compromisos de permanencia vinculados a descuentos no sólo obligan a los usuarios a permanecer dados de alta durante un determinado periodo, sino también a las compañías a mantener las mismas condiciones tarifarias y de calidad de servicio. Es decir, legalmente Movistar está obligada a mantener la gratuidad del contestador a todos los usuarios con contratos de permanencia hasta que estos finalicen", explica FACUA en su web.

Más allá del cambio de tarifas abusivo y la modificación contractual de Movistar, lo que FACUA denuncia es que no se informe al usuario de sus derechos apuntando el artículo 9 del Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo referente a los derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas, que estipula que "los contratos de servicios de comunicaciones electrónicas sólo podrán ser modificados por los motivos válidos expresamente previstos en el contrato [...] El usuario final tendrá derecho a resolver anticipadamente y sin penalización alguna el contrato".

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