Ley Mordaza: lo que puedes y no puedes hacer en Internet

Ley Mordaza: lo que puedes y no puedes hacer en Internet

Hace poco tiempo hablábamos de una reforma en el Código Penal dónde se penalizaban los insultos a la corona con incluso penas de cárcel para las amenazas más graves. Hoy ha entrado en vigor la nueva Ley de Seguridad Ciudadana, conocida entre los ciudadanos más comúnmente como Ley Mordaza, junto con otra reforma del Código Penal.

Ahora se tipifican en el Código Penal varias actividades realizadas por Internet, que hasta ahora no tenían un apartado específico. Las tecnologías están a la orden del día y el sistema judicial tiene que adaptarse y renovarse con el desarrollo tecnológico. Vamos a ver en qué y cómo nos afecta la Ley Mordaza a los ciudadanos.

Ley Mordaza: Internet ya no es el paraíso de la delincuencia

Desde hoy mismo ya no se podrán convocar manifestaciones mediante las redes sociales. En el Artículo 30.3 de la Ley de la Seguridad Ciudadana se especifica que "quienes por publicaciones o declaraciones de convocatoria" difundan y organicen este tipo de eventos, serán multados e incluso penados con cárcel.

También se prohíbe publicar imágenes de policías en Internet. El Artículo 36.26 de la Ley de Seguridad Ciudadana ampara y protege a los Cuerpos de Seguridad del Estado, para evitar poner en "peligro la seguridad personal o familiar de los agentes". Con el tiempo se verá hasta que punto llega este nuevo Artículo de la Ley Mordaza.

La ley tiene como objetivo combatir la piratería. Esto es un punto importante de esta nueva Ley, ya que en el Artículo 270.1 del Código Penal se establecen penas de prisión de 6 meses a 4 años y multas de 12 a 24 meses para quien "con ánimo de obtener un beneficio económico directo o indirecto y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya, comunique públicamente o de cualquier otro modo" cualquier tipo de contenido con derechos de autor en Internet. Esto afecta tanto a las descargas de los usuarios como a las webs que albergan este contenido.

Imagen - Ley Mordaza: lo que puedes y no puedes hacer en Internet
Las modificaciones en las consolas para poder utilizarlas violando los derechos de autor  será tipificado como delito penal y castigado con penas de prisión de entre 6 meses a 3 años. El Artículo 271.6 del Código Penal dice explícitamente que "quien fabrique, importe, ponga en circulación o posea con una finalidad comercial cualquier medio principalmente concebido" para la supresión de los derechos de autor también será castigado y penado. Los chips, las tarjetas de memoria con Custom Firmwares y todos los medios con este fin pasarán a estar prohibidos.

La difusión de imágenes y vídeos personales sin la autorización de la persona afectada, también estará castigada con penas de 3 meses a 1 año de prisión o multas de 6 a 12 meses. El Artículo 197.7 del Código Penal condena a quien "difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales" tanto de la persona afectada cómo de su domicilio. Los delitos de grabaciones de acoso en las aulas o personales difundidas constituirán un delito penado. 

Consultar webs sobre terrorismo será penado con cárcel. En el Artículo 575.2 del Código Penal se establecen penas de entre 1 y 5 años de cárcel para quien "acceda de manera habitual a uno o varios servicios de comunicación" dirigidos a incitar la actividad terrorista en España.

Los delitos informáticos ya no son inmunes y disponen de dos Artículos específicos para legislarlos. Los Artículos 573.1 y 573.2 del Código Penal establecen que "suprimir o desestabilizar gravemente el funcionamiento de las instituciones políticas o de las estructuras económicas o sociales del estado" será un delito. De esta manera cualquier delito informático contra páginas del gobierno será considerado terrorismo y será castigado.

Otras prohibiciones con multas económicas

También ese establecen tres franjas de infracciones con diversas multas económicas:

  1. Leves (desde los 100 a los 600 euros) : actos contra la libertad sexual, utilización de punteros láser contra agentes del Estado, ocupación de inmuebles, negarse a identificarse, escalar monumentos o edificios sin autorización, abandono de mascotas, retirar o destruir vallas o elementos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y el "botellón" en las calles.
  2. Graves (desde los 600 a los 30.000 euros) : desorden público, obstrucción a la autoridad o desobediencia, negarse a abandonar una manifestación, portar armas, solicitar servicios sexuales en lugares próximos a escuelas y centros de menores, consumo o tenencia de drogas y no colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en investigaciones.
  3. Muy graves (desde los 30.000 euros a los 600.000 euros) : comercio ilegal de armas, utilización de láseres contra conductores y celebración de espectáculos no autorizados previamente.

La Ley Mordaza, ya en vigor

Podemos leer directamente todas las reformas aquí escritas desde el Boletín Oficial del Estado, pero por mucho que no guste a un gran sector de la ciudadanía, la nueva Ley ya está en vigor, y ahora solo queda esperar y ver en cómo nos afecta.

Con el hashtag en Twitter de #LeyMordaza, podemos encontrar miles de comentarios de los usuarios de la comunidad a favor y en contra de muchos de los Artículos aquí citados. El tiempo dirá si la reforma será positiva o negativa.

¿Qué opinas de la Ley Mordaza?¿Crees que la reforma será positiva para los ciudadanos? No dudes en dejarnos tus opiniones y comentarios sobre este controvertido tema.

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